Libertad como fundamento. Reciprocidad como sustento. Autoría como derecho.

En este sitio web exploramos lineamientos para la producción de comunes digitales, que buscan hacer de la libertad digital una práctica sostenible y expansiva.

Son prácticas independientes y combinables que se sostienen bajo los principios fundamentales de libertad, reciprocidad y autoría.

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Por qué existe esto

La Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 27 declara los derechos fundamentales relacionados al uso y la producción de obras intelectuales.

  1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

  2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Por el contrario, la legislación de "derechos de autor" a nivel global privilegia la protección de los intereses económicos de los dueños de las obras, que muchas veces no son los autores, por sobre cualquier otra consideración. A pesar de la retórica, el "derecho de autor" no parece encontrar la forma de proveer protección apropiada a los intereses de los autores.

Por otra parte, modelos paralelos de producción, notoriamente el movimiento del software libre, han construido ecosistemas extraordinarios que protegen los intereses generales de la comunidad.

Hoy en día es posible realizar la mayoría de la informática general de forma completamente libre. Sin embargo en muchos casos, particularmente para software provisto como servicio y software de uso específico, la libertad usualmente se encuentra únicamente en las capas técnicas y de infraestructura, dejando a la mayoría de usuarios finales sin libertad.

Esto se debe en parte a que las herramientas de reciprocidad, que permiten sustentar el ecosistema libre y evitar que el modelo privativo se apropie de las obras liberadas, son poco conocidas o poco comprendidas entre quienes producen las obras.

El movimiento del software libre ha sabido dar respuesta a una parte del problema por medio del copyleft, asegurando la reciprocidad en contribución, pero no ha sabido dar respuesta clara para una reciprocidad en retribución que permita sostener económicamente la construcción de ecosistemas de comunes digitales sin sacrificar la libertad.

Es justo reconocer que en la producción de software libre existe una desconexión económica entre las personas que crean un proyecto y realizan la mayor parte del esfuerzo, y quienes se benefician económicamente de él, mientras muchos autores luchan por recibir una compensación justa por su labor.

Comercialmente el ecosistema de uso general se beneficia de la colaboración, pero el ecosistema de uso específico o final se beneficia de la escasez. Esto empuja a muchos autores hacia el ecosistema privativo. El resultado es menos libertad para todos.

Estos lineamientos no resuelven la tensión mágicamente. Pero ofrecen herramientas para la producción y sustento de un ecosistema que no dependa del sacrificio individual ni la escasez artificial, y que pueden ser usadas de forma independiente o en conjunto, con fin de fortalecer la sostenibilidad de los comunes digitales, en una búsqueda continua por contribuir a la emergencia de un paradigma más humano y justo que el que ha caracterizado la creación de obras intelectuales durante los últimos siglos.

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